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Noticias de Empleo | Laboral

El juzgado de Madrid valida usar WhatsApp para justificar ausencias laborales en empresas

EmpleoInfo
12 de diciembre de 2024
El juzgado de Madrid valida usar WhatsApp para justificar ausencias laborales en empresas

El Juzgado de lo Social número 20 de Madrid ha tomado una decisión relevante en cuanto al uso de aplicaciones de mensajería instantánea en el entorno laboral. En un fallo favorable para un trabajador, el tribunal ha considerado válido el uso de WhatsApp como medio para justificar ausencias justificadas en el puesto de trabajo. Esta sentencia ha llevado a la anulación de una sanción de siete días de suspensión de empleo y sueldo impuesta al trabajador por su empresa.

La justificación de la ausencia

El protagonista de esta historia, asistido por el despacho Legalion Abogados, había acudido al centro sanitario con su hijo debido a una situación de urgencia médica. Para tal fin, envió un mensaje a su gerente a través de WhatsApp, comunicando su ausencia. A pesar de haber presentado la justificación correspondiente, la compañía decidió suspenderle de su puesto de trabajo por siete días, una acción que resultó en la necesidad de interponer una demanda.

La decisión de la empresa llevó al trabajador a solicitar al tribunal la restitución de los salarios que había perdido durante ese tiempo, cifra que ascendía a 441,58 euros brutos. A medida que se desarrollaba el caso, se hizo evidente que la empresa no había demostrado la validez de su sanción, lo que terminó por inclinar la balanza a favor del trabajador.

Marco jurídico y derechos del trabajador

El artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores es clave en esta situación. Este artículo permite que un empleado se ausente de su trabajo por causas relacionadas con emergencias familiares, siempre que no haya otra persona que pueda hacerse cargo del asunto. Así, el tribunal encontró que el uso de WhatsApp se alinea con este marco legal, considerándolo un medio legítimo de notificación.

Desde Legalion Abogados, se indica que el uso adecuado de la aplicación de mensajería para comunicar la emergencia se convirtió en un argumento sólido en favor del trabajador. Este tipo de tecnología no solo facilita la comunicación, sino que también puede servir como evidencia en situaciones laborales delicadas. El letrado del demandante, Daniel Díaz Braojos, destacó que el trabajador utilizó su derecho de manera adecuada y responsable.

Decisión del juzgado y sus implicaciones

En última instancia, el Juzgado de lo Social número 20 de Madrid falló a favor del trabajador, ordenando la devolución de 328,91 euros, correspondiente a salarios no abonados debido a la sanción. Se consideró que la empresa no solo había actuado de manera inapropiada al sancionar, sino que también había descuidado la obligación de presentar pruebas que validaran su decisión.

La sentencia marca una pauta interesante en el ámbito laboral. En un mundo cada vez más digital, la manera en que se comunican los trabajadores con sus empleadores está evolucionando. Las aplicaciones como WhatsApp, que muchos consideran informales, pueden tomar un rol importante en el ámbito legal y laboral. ¿Es este el futuro de las comunicaciones laborales? Solo el tiempo lo dirá.

Este caso no solo resalta la importancia de la correcta comunicación en entornos laborales, sino que también pone de relieve los derechos de los trabajadores en situaciones de emergencias familiares. En este sentido, el uso de herramientas de mensajería puede ser un recurso invaluable, pero ¿están las empresas preparadas para adaptarse a estas nuevas formas de comunicación? La necesidad de revisar las políticas internas podría ser más relevante que nunca.

Así, con una resolución que resalta la importancia de derechos laborales fundamentales y la adaptación de las empresas a la tecnología moderna, se establece un precedente significativo. Asimismo, pone de manifiesto que las decisiones empresariales deben estar respaldadas por evidencias y un marco legal claro, recordando a todos la importancia de comunicarse de manera efectiva y respetuosa.

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Tags: Empleo en Comunidad de MadridEmpleo en MadridEstatuto de los Trabajadores
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