El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha expresado su “rotundo rechazo” a las dudas sobre el futuro del salario mínimo interprofesional (SMI) en relación a las cuantías establecidas para el año 2024. Este rechazo se produce tras la derogación del decreto ‘ómnibus’, un movimiento que ha generado inquietud entre los trabajadores y que afecta a millones de personas en el país.
La cantidad mínima garantizada
Aunque se espera una revisión del SMI para 2025, CCOO ha aclarado que la cifra mínima de 1.134 euros mensuales, repartidos en catorce pagas, debe mantenerse sin excepciones. Es fundamental que todas las trabajadores y trabajadoras, independientemente de su fecha de contratación, tengan derecho a recibir esta remuneración básica, especialmente en situaciones donde no exista un convenio colectivo que lo regule.
La organización sindical ha manifestado que la derogación del real decreto-ley 9/2024, que tuvo lugar recientemente, traerá consigo consecuencias “muy negativas” para la ciudadanía. Sin embargo, ha querido subrayar que este cambio no impactará la protección social que otorga el ordenamiento jurídico en relación al salario mínimo. Esta protección es crucial para la estabilidad económica de muchas familias en España.
La obligación constitucional y normativa
El artículo 35.1 de la Constitución Española establece claramente que es imperativo mantener una remuneración mínima adecuada, suficiente para cubrir las necesidades de todas las personas trabajadoras y sus familias. Esta exigencia no es solo un principio constitucional, sino que también está respaldada por el convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por España en noviembre de 1971, que establece la obligación de contar con un sistema de salarios mínimos.
En un enfoque similar, el artículo 4.1 de la Carta Social Europea (revisada) también reafirma que esta remuneración mínima debe ser suficiente para garantizar un nivel de vida digno para los trabajadores y sus familias. Este marco legal no solo proporciona una base sólida sobre la que cimentar la política laboral, sino que también desempeña un papel esencial en la defensa de los derechos laborales.
La responsabilidad del Estado
Adicionalmente, el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores estipula que la cuantía del SMI debe establecerse anualmente, siempre tras consultar con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del país. Este mecanismo asegura que se tengan en cuenta las voces de todos los actores involucrados en el mercado laboral.
Es crucial señalar que no es necesaria la ratificación del Congreso para la determinación de esta cuantía. Esto significa que el proceso puede ser más ágil, aunque no menos importante, ya que una revisión adecuada y justa del salario mínimo es esencial para garantizar condiciones laborales dignas.
El futuro del salario mínimo interprofesional
CCOO no solo se ha limitado a expresar su rechazo, sino que ha hecho hincapié en la necesidad de mantener una remuneración mínima exigible. A falta de la revisión definitiva que se acordará para 2025, la cantitad de 1.134 euros mensuales debe ser considerada como un estándar básico y no negociable, garantizando así un sustento adecuado para los trabajadores españoles.
En resumen, la estabilidad del salario mínimo interprofesional se presenta como fundamental en un contexto económico que requiere de seguridad y previsibilidad para la clase trabajadora. La defensa de este derecho no solo es una cuestión de justicia social, sino que también es vital para el bienestar de un gran número de ciudadanos que dependen de este ingreso para subsistir.