El calendario laboral de 2025 contempla un total de 12 días festivos a nivel nacional, contando con 9 que se celebrarán en toda España. Esta cifra se mantiene igual en comparación con 2024. Si agregamos los dos festivos locales, el total asciende a 14 días festivos a lo largo del año.
En detalle, los días que serán observados como festivos en seluruh el país incluyen el 1 de enero (Año Nuevo), el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 18 de abril (Viernes Santo), el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el 1 de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Un año con varios fines de semana largos
La celebración de distintas festividades en lunes y viernes otorga a los españoles la posibilidad de disfrutar de fines de semana más largos este 2025. Por ejemplo, el lunes 6 de enero, el viernes 15 de agosto, el viernes 18 de abril y el lunes 8 de diciembre están diseñados específicamente para que se puedan disfrutar de estos descansos alargados.
Si te preguntas qué sucede con el Jueves Santo, hay buenas noticias. En la mayoría de las comunidades que lo celebran (excepto en Cataluña y Comunidad Valenciana), se formará un puente de cuatro días. Y si estás en Navarra, País Vasco o La Rioja, podrías disfrutar de un puente de cinco días, dado que han decidido incluir el lunes de Pascua (21 de abril) como festivo.
Planificar bien podría ser clave. Los trabajadores que deseen custodian sus días de descanso podrían ampliar estos fines de semana, tomando algún día libre alrededor de la celebración del Día del Trabajador (1 de mayo) o de la Natividad del Señor (25 de diciembre), que caerán en jueves.
Festivos comunes y tradiciones autonómicas
La lista de festividades comunes en todo el país para 2025 es la siguiente: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 18 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Es interesante destacar que las comunidades autónomas tienen la facultad de modificar o sustituir ciertos días festivos para adaptarlos a sus tradiciones locales. Por ejemplo, el 17 de abril (Jueves Santo) es considerado festivo en casi todas las comunidades salvo en Cataluña y Comunidad Valenciana. Sin embargo, el 6 de enero, día de Reyes, ha sido un festivo que todas las comunidades han decidido mantener sin cambios.
Dentro de esta flexibilidad, cada comunidad puede optar también por declarar festivos adicionales, como la celebración de San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio). En concreto, el 13 de octubre será festivo en comunidades como Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura.
Consideraciones en comunidades específicas
Aunque el calendario es bastante uniforme, vale la pena mencionar que en años previos, las comunidades catalanas y valencianas también han introducido festivos recuperables. En el caso de la Comunidad Valenciana, se ha estipulado un festivo retribuido recuperable para el 24 de junio (San Juan), mientras que Cataluña tendrá la opción de elegir entre varias fechas, como el 6 de enero, 21 de abril, 24 de junio y 26 de diciembre.
A lo largo del año, a los días festivos nacionales y autonómicos se les añaden en promedio un par de festivos locales en cada jurisdicción. Esto significa que, si sumamos los festivos recuperables, hay que tener en cuenta que los trabajadores tendrán que recuperar horas de trabajo no efectuadas si disfrutan de días adicionales de fiesta.
Así, con un cuidado balance entre las festividades nacionales y los días únicos de cada región, el calendario laboral de 2025 promete un año lleno de oportunidades para el descanso, lo justo para aprovechar esos momentos de relax que todos necesitamos. Recuerda que la planificación anticipada puede ser clave para disfrutar de estos días al máximo.